Guía para el Manejo efectivo de una Reclamación de Vehículo de Motor

 

  1. Notificarnos lo antes posible, de la ocurrencia de un accidente.
  2. Contactar al Servicio de Grúas indicado en su marbete (en caso de ser necesario). Pueda que sea necesario pagar diferencias, de acuerdo a la distancia de traslado.
  3. Levantar el Acta Policial certificada, utilice la Casa del Conductor (en caso de poseer la cobertura). En caso de ser robo parcial o total del vehículo, diríjase al destacamento más cercano.
  4. Completar el reporte de accidentes de su Compañía de Seguros disponible en nuestra página web: www.corredoresdelcaribe.com
  5. Elija un taller dentro del listado de talleres afiliados de su aseguradora para realizar la reparación del vehículo.
  6. Esperar autorización de la Compañía de Seguros para reparar el vehículo.

 

Proceso del Reclamo

 

  1. Enviar a Corredores del Caribe, S. R. L. el presupuesto de reparación, (piezas y mano de obra) y el acta policial certificada, copia de la matrícula, cédula, marbete y licencia de conducir.
  2. Coordinar con un ajustador para verificar los daños del vehículo.
  3. Obtener una orden de reparación de la aseguradora a favor del taller seleccionado.
  4. En caso de haber sufrido una colisión en la cual se vean afectados aros, gomas y baterías, las mismas generalmente se reconocen de manera porcentual: Gomas 50%, Aros 75%, Baterías 50%.

 

Información Importante

  1.  En caso de existir balance pendiente de pago en su póliza, la Compañía de Seguros podrá acreditar el monto total o parcial de la indemnización a su cuenta.
  2. Si la póliza tiene endoso de cesión, se debe gestionar la autorización del beneficiario para que se le pueda pagar directamente al asegurado.
  3. Confirmar la recepción de las piezas y reparación a tiempo de su vehículo con el taller para evitar dilaciones. La reparación del vehículo se vería extendida, de ser ingresado al taller viernes o fines de semana.
  4. El uso de las Casas Concesionarias, en la mayoría de las aseguradoras, solo aplica para vehículos con un límite de tiempo de fabricación de 2 años.
  5. Para los vehículos con tiempo de fabricación de más de 3 años las piezas podrán ser sustituidas por nuevas de reemplazo u originales usadas.